Además del 35% sobre el valor FOB, los autos y motos que ingresen al país cuyo valor supere los $ 150.000 (unos u$s 34.000 al cambio actual) deberán tributar también una alícuota de 10% en el caso de los motores nafteros, y de 22,5% en los diésel. Lo mismo corre para las motos que tengan un precio de lista igual o superior a $ 22.000 (u$s 5100).
La decisión publicada el viernes en el Boletín Oficial con la firma de los ministerios de Economía y de Industria, está “orientada a una redistribución en la carga impositiva”, al reducir la base imponible que era de $ 212.500 para autos y de $ 25.000 para motos. Según calculan, alcanza a un universo de 58.000 vehículos (entre nafteros y diésel), de los cuales el 95% es importado de extrazona. Esta cantidad, equivale al 6,7% del total vendido en el mercado nacional en 2011, fundamentan desde las oficinas gubernamentales.
Los valores definidos están calculados antes del IVA y sin el margen de ganancia de los concesionarios, es decir que en la práctica, parten desde precios al consumidor aproximado de $ 199.650 en el caso de autos, y no afecta a los vehículos de carga ni de pasajeros.
En la resolución explican que “de esta manera, se dará protección y mayor competitividad a los autos de producción nacional, ya que el 95% de los nafteros y el 75% de los gasoleros que superarán el nuevo piso para el pago de impuestos serán vehículos importados de extrazona”.
Los cambios están expresados en el decreto del gobierno nacional que actualiza los montos de la Ley de Impuestos Internos para autos, motos (la alícuota queda en 10%) y embarcaciones (se mantiene la base imponible en $22.000 y la alícuota sube de 8% a 10%).