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EMPRESAS

18/07/2020

Stellantis: el nombre del nuevo grupo resultante de la fusión de FCA y Groupe PSA

Peugeot SA ("Groupe PSA") y Fiat Chrysler Automobiles NV ("FCA") anunciaron que el nombre corporativo del nuevo grupo será Stellantis. Supone un paso importante a medida que avanzan hacia la finalización de su fusión 50:50.

Stellantis: el nombre del nuevo grupo resultante de la fusión de FCA y Groupe PSA

Stellantis tiene sus raíces en el verbo latino “stello” que significa “iluminar con estrellas”. Se inspira en esta nueva alineación de marcas automotrices históricas y culturas empresariales que, al unirse, crean uno de los nuevos líderes de la próxima era de la movilidad preservando el valor del conjunto creado y los valores de las partes que lo componen. Stellantis combinará la escala de un negocio global con una gran amplitud y profundidad de talento, know how y recursos capaces de proporcionar soluciones de movilidad sostenible para las próximas décadas.

Los orígenes latinos del nombre rinden homenaje a la rica historia de sus empresas fundadoras, mientras que la evocación de la astronomía captura el espíritu de optimismo, energía y renovación que impulsa esta fusión que apunta a transformar la industria.

Stellantis - FCA y PSA marcas

El proceso de creación del nuevo nombre confiado al Grupo Publicis comenzó poco después de que se anunciara el acuerdo de fusión y la alta dirección de ambas compañías ha estado estrechamente involucrada en todo momento.

El nombre Stellantis se utilizará exclusivamente a nivel de Grupo, como marca corporativa. El siguiente paso en el proceso será la presentación de un logotipo que, con el nombre, se convertirá en la identidad corporativa de la empresa. Los nombres y los logotipos de las marcas constituyentes del Grupo Stellantis ermanecerán sin cambios.

Como se indicó anteriormente, se espera que la finalización del proyecto de fusión ocurra en el primer trimestre de 2021, sujeto a las condiciones de cierre habituales, incluida la aprobación de los accionistas de ambas compañías en sus respectivas Juntas Generales Extraordinarias y el cumplimiento de los requisitos antimonopolio y otros requisitos reglamentarios.





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